AYUDAS A FAMILIAS CON MENORES EN RIESGO DE POBREZA

Buenos días a TODOS:

Os copio carta informativa recibida desde el AYUNTAMIENTO DE OVIEDO.




AYUDAS A FAMILIAS CON MENORES EN RIESGO DE POBREZA

CONVOCATORIA 2015


El plazo de presentación de solicitudes es de un mes: Desde el 22 de diciembre al 22 de enero .
Es objeto de la convocatoria la concesión de ayudas económicas a familias con menores cuya finalidad es procurar que las necesidades básicas del menor estén cubiertas, cuando la causa determinante del riesgo para su desarrollo integral proceda de situaciones de carencia o insuficiencia de recursos económicos en su medio familiar.


El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 511.700,00€.

La ayuda económica será una cantidad única de 700€.
Serán beneficiarias 731 familias


REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se conceden por medio de la presente convocatoria, las unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que se trate de familias o unidades de convivencia con hijos menores a cargo, siempre que exista una convivencia efectiva y los progenitores no hayan sido privados de la patria potestad.


  1. Que la renta anual de la unidad familiar no supere cuantía fijada por el Instituto Nacional de Estadística como umbral de riesgo de pobreza. Dicho límite se obtiene multiplicando 9.291,4€ por el número de unidades de consumo del hogar. A fin de determinar el número de unidades de consumo equivalentes a los distintos hogares, se utilizara la siguientes escala:
  • Se asigna el valor 1 al primer adulto.
  • Se asigna el valor 0,5 a los demás adultos
  • Se asigna el valor 0,3 a los menores de 14 años ( los que tengan 14 o más, cuentan como los adultos)

De dichos criterios resulta la siguiente tabla de límites de renta:
Ingresos Año
Adultos
Menores 14 años
1
2
3
4
1
12.078,82
14.866,24
17.653,66
20.441,08
2
16.724,52
19.511,94
22.299,36
25.086,78
3
21.370,22
24.157,64
26.945,06
29.732,48
4
26.015,92
28.803,34
31.590,76
34.378,18
5
30.661,62
33.449,04
36.236,46
39.023,88




  1. Que los adultos responsables de los menores ostenten la guardia y custodia de los mismos, total o compartida.
  2. Que se encuentren empadronadas en Oviedo y tengan residencia efectiva e ininterrumpida por tiempo no inferior a un año a la formulación de la correspondiente solicitud, exceptuándose :
    • Las personas extranjeras, refugiadas, asiladas y apátridas de acuerdo con la legislación vigente en España, siempre que su primera residencia dentro del territorio español haya sido el municipio de Oviedo.
    • Las personas emigrantes retornados que, habiendo abandonado el principado de Asturias, hayan nacido en Asturias o sean descendientes en primer grado de naturales asturianos y permanezcan 10 años, con nacionalidad española, en la emigración y hayan retornado siempre que su primera residencia sea en el municipio.
    • Las familias víctimas de violencia de género cuando dicha circunstancia se acredite por resolución judicial, o conste ingreso en la red de Casas de Acogida del Principado de Asturias procedentes de otra Comunidad Autónoma.
    • Familias con menores a cargo con expediente de protección de intervención técnica de apoyo a la familia.


CRITERIOS DE SELECCIÓN
El Ayuntamiento de Oviedo distribuirá las ayudas económicas hasta el límite de la consignación presupuestaria entre los solicitantes que cumplan los requisitos exigidos en el artículo 5 de la presente convocatoria, atendiendo a los siguientes criterios de priorización en función de la vulnerabilidad sociofamiliar:

1.- Se priorizará a las unidades familiares que tengan una renta familiar no superior al 60% del límite fijado para poder acceder a las ayudas.

De entre todas las unidades familiares que se encuentren en este tramo de renta se otorgará preferencia atendiendo al siguiente orden:


1º Unidades familiares con más menores
2º En los casos con el mismo número de menores, se priorizarán aquellas familias en las que concurran el mayor número de estas circunstancias:
  1. Las familias de las mujeres victimas de violencia de género con menores a cargo cuando dicha circunstancia se justifique con resolución judicial, o conste ingreso en la Red de Casas de Acogida del Principado de Asturias procedentes de otra Comunidad Autónoma, cumpliendo esta situación en el periodo del último año desde el registro de la solicitud.
  2. Familias con menores a cargo con expediente de protección de intervención técnica de apoyo a la familia desde los servicios sociales ú otro tipo de medida protectora.
  3. Familias con menores a cargo con participación activa de la familia en los programas personalizados con los servicios sociales municipales propuestos en el último año.
  4. Familias monoparentales y monomarentales.
  5. Familias percibiendo Salario Social Básico con participación activa de la familia en los programas personalizados con los servicios sociales municipales.
La acreditación de la concurrencia de estas circunstancias se realizará mediante la incorporación del correspondiente informe social
3º En caso de empate se otorgará prioridad a las que tengan menor renta familiar.


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Solicitud,
Documentación acreditativa de la identidad.
Fotocopia de Libro de familia completo o partidas de nacimiento en ausencia del mismo.
Certificación bancaria actualizada acerca de la titularidad del cuenta en la que se ingresará la ayuda, según la normativa internacional (código IBAN, y código SWIFT (Bic)) o Ficha de Acreedores del Ayuntamiento de Oviedo debidamente cumplimentada.
Documentación acreditativa de los ingresos, en caso de no haberse aportado previamente en la convocatoria de becas de comedor.


INFORMACION Y RECOGIDA DE SOLICITUDES

CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES. C/ MARTINEZ MARINA, 10

UNIDADES DE TRABAJO SOCIAL

PAGINA WEB



LUGAR DE PRESENTACION

REGISTRO MUNICIPAL
C/ Martínez Marina, 10, 3ª planta


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